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17 de marzo de 2014

Servicio de Mediación On Line para resolución de conflictos empresariales

La Fundación Pública Mediara, dependiente de la Consejería de Justicia e Interior, ha puesto en marcha un servicio de mediación mercantil para las empresas a través de internet de carácter gratuito que facilita la resolución de sus conflictos para facilitar una salida extrajudicial a este tipo de problemas.

Las empresas que estén interesadas en esta mediación on line únicamente tienen que registrarse en la web de la Fundación Mediara, donde un profesional de la mediación mercantil se encargará de citar a las partes para mantener un encuentro on line a través de cámaras web en el que se tratará de encontrar una solución al problema fomentando el acuerdo entre las partes en conflicto.

Este servicio forma parte del proyecto europeo Eirenne, liderado por Andalucía, cuyo objetivo fundamental es diseñar e implantar una estrategia común para la comunicación de la cultura de la mediación en la Unión Europea y rebajar la carga de trabajo y la excesiva litigiosidad que soportan actualmente los órganos judiciales.

Este servicio gratuito para las empresas no sólo pretende la resolución previa de los conflictos empresariales antes de que terminen en el juzgado, sino que persigue también sacar del proceso judicial aquellos asuntos judiciales ya en trámite para que puedan ser solventados extrajudicialmente con el común acuerdo de las partes, contribuyendo así a reducir la carga de trabajo de los juzgados.


La mediación proporciona múltiples beneficios, como el ahorro de costes y de tiempo en relación al proceso judicial, o el valor de participación de las partes en litigio, que refuerza la solución al ser acordada y generadora, por tanto, de una mayor satisfacción que una sentencia impuesta por un juez.


9 de febrero de 2014

El 80% de las personas que acuden voluntariamente a un proceso de mediación llegan a un acuerdo.

El 80% de las personas que acuden de forma voluntaria a un proceso de mediación logran un acuerdo.
La mediación es una opción poco utilizada en España, a pesar de que tiene muchas ventajas:

  • Es más económico y rápido que plantear una demanda en los tribunales.
  • Se consiguen unos acuerdos satisfactorios para las partes.
  • Los acuerdos alcanzados son duraderos, si bien podrían modificarse a petición de una de las partes.
  • Se establece un diálogo entre las partes que beneficia la solución de los problemas.
  • Es una mejor manera de garantizar los derechos de los niños cuando se trata de asuntos de pareja. 

Sin embargo, el porcentaje de éxito en la solución de los problemas no alcanza el 20% cuando los casos llegan remitidos por un juez, ya que cuando un conflicto llega a los tribunales es más difícil que derive en mediación porque las partes están muy posicionadas, por lo que se aconseja el intento de solucionar el conflicto a través de un proceso de mediación antes de iniciar un procedimiento legal.

6 de enero de 2014

Eficacia de Convenio Regulador no homologado

¿Puede presentarse de modo eficaz un acuerdo o convenio entre cónyuges previo extrajudicial no homologado judicialmente como norma reguladora de las relaciones entre cónyuges en el curso de un proceso posterior?



Sobre la naturaleza de estos pactos y su alegación en el curso de un proceso posterior, se pronunció entre otras, la SAP Barcelona de 31 mayo 2005, poniendo de relieve que dichos convenios, si bien no pueden considerarse como convenio regulador contemplado en el art. 777 LEC (La Ley 58/2000), dada la falta de aprobación judicial conditio iuris de su eficacia, no es menos cierto que se trata de negocios jurídicos de derecho de familia que tienen eficacia como contratos de carácter consensual y bilateral, aceptados y reconocidos por las partes con la concurrencia de mutua anuencia, objeto y causa, y con carácter obligatorio para los suscribientes en virtud del principio de la autonomía de la voluntad del art. 1255CC (La Ley 1/1989).
Ya en la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 22 abril 1887 había admitido su eficacia inter partes, siempre que sus estipulaciones o convenciones no sean contrarias a las leyes, a la moral ni al orden público.





5 de enero de 2014

La Mediación

La mediación es un modo abordar y resolver los conflictos en el que dos o más partes resuelven sus diferencias por sí mismas con la ayuda de un tercero imparcial, el mediador, que guía a las partes en la búsqueda de un acuerdo que satisfaga sus necesidades, intereses y sentimientos de manera equitativa, permitiendo a la vez que las relaciones entre ellas mejoren y que puedan aprender a solucionar posteriores conflictos futuros.