8 de enero de 2014

El Gobierno aprueba el Anteproyecto de Ley que elimina la excepcionalidad de la custodia compartida



El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Justicia, Alberto Ruíz Gallardón, aprobó el 19 de julio de 2013 el Anteproyecto de Ley sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental en caso de nulidad, separación y divorcio adaptando así la legislación relativa a las relaciones paterno-filiales a los cambios que se han dado en la sociedad actual.
El aspecto más destacado de la nueva norma es que elimina la excepcionalidad con la que hasta ahora se regulaba la custodia compartida, siendo el juez el que determine qué forma de guarda y custodia es la más conveniente en cada caso atendiendo al interés superior del menor.


Para ello se reforma el artículo 92 del Código Civil y se introduce un artículo 92 bis.
El objetivo es conseguir un sistema legal sin las rigideces y preferencias por la custodia monoparental del texto actual. Sera el juez quien, en cada caso concreto, y siempre actuando en beneficio del interés superior del menor, determine qué forma de guarda y custodia es la más conveniente en cada caso. También será él el encargado de regular los aspectos y el contenido de las relaciones parentales, sin que la custodia compartida implique necesariamente una alternancia de residencia de los hijos con los progenitores en periodos iguales.




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