Os dejo un par de extractos de la entrevista a Juan Pablo González del Pozo -Magistrado-juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº 24, de Familia, de Madrid- en la que habla de temas de actualidad como la Ley de Tasas, la custodia compartida, la propuesta sobre el nuevo papel de los notarios,...
Os dejo en enlace a la entrevista completa, en Diariojuridico.com.
Interesantísima. No os la perdáis.
¿La gente se divorcia menos tras la ley de tasas?
Se ha producido un descenso insignificante del número de divorcios que ha venido a compensarse con un notable aumento de los procedimientos de modificación de medidas. Con la crisis se ha disparado el número de procedimientos de modificación de medidas, sobre todo los encaminados a incrementar o rebajar la pensión, a extinguirla o a modificar las condiciones de pago. ¿Por qué? Porque la persona que está obligada a pagar una pensión y queda en paro tiene que solicitar una reducción de la pensión o incluso su extinción.
¿El reparto de los bienes da lugar a un conflicto tan importante como el de la custodia de los hijos?
Sí, y, a veces, más. En ocasiones el conflicto sobre la custodia encubre problemas de reparto de los bienes o discrepancias sobre la cuantía de las pensiones. Para evitar que ese foco de conflicto desaparezca se pretende desvincular una cuestión de otra. Es decir, que la discusión entre las partes sobre la guarda y custodia no esté conectada legalmente, de manera obligatoria, con la discusión del uso de la vivienda ni con el reparto de los bienes. Se trata de desvincularlo para que no haya intereses o finalidades espurias en las peticiones de las partes sobre la guarda y custodia.
Habrá que ver, finalmente, cómo queda establecida la regulación del derecho de uso de la vivienda. El anteproyecto no es todo lo claro que debiera en este tema, muy espinoso por los intereses en juego. Con el valor que tienen las viviendas actualmente, decidir a quién se atribuye el uso de la misma mientras los hijos sean menores y establecer si éste uso es temporal o indefinido es una cuestión muy importante, porque hay que conectarlo con el pago de las hipotecas pendientes. Si estamos ante un matrimonio que tiene una vivienda ganancial cuya hipoteca tiene un plazo de amortización de 20 años y aún restan 18 para liquidarla es evidente que a aquel al que se le otorgue el derecho de uso de la vivienda mientras los hijos sean menores recibe un derecho de un valor económico inmenso. Si no se quiere condenar a alguna de las partes del proceso a la penuria o la indigencia económica es casi obligatorio que en estos supuestos tan claros se liquide la vivienda, se reparta el precio y cada uno de los progenitores rehaga su vida sobre la base de sus recursos disponibles tras la ruptura.
- Diariojuridico.com: Entrevista a Juan Pablo González del Pozo

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