El pasado mes de diciembre, se
publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto Legislativo 1/2013,
de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General
de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, una
nueva Normativa que integra en un único texto legal las tres leyes genéricas
de discapacidad vigentes en España hasta la fecha: la Ley 13/1982, de 7 de
abril, de integración social de las personas con discapacidad (LISMI), la Ley
51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y
accesibilidad universal de las personas con discapacidad y la Ley
49/2007, de 26 de diciembre, por la que se establece el régimen de
infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no
discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
El nuevo texto refundido concede
especial relevancia a la atención, el tratamiento y la
orientación psicológica durante todo el proceso de intervención, enfatizando
la necesidad de que se facilite tanto desde el momento de la detección de la discapacidad
como a lo largo de las distintas fases del proceso, y subrayando la importancia de establecer objetivos orientados
a potenciar al máximo el uso de sus capacidades y su autonomía personal
teniendo en cuenta las características personales de la persona con
discapacidad, sus motivaciones e intereses, así como su entorno sociofamiliar.
Además se considera primordial
que los equipos multiprofesionales de atención a la discapacidad cuenten con la
formación especializada y las competencias necesarias a fin de prestar una
atención eficaz y adaptada a las necesidades de la persona con discapacidad,
que garantice su inclusión y participación plena en la sociedad en igualdad de
condiciones.
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